Ayer comenzó a regir el derecho a retracto, que permite a los estudiantes de primer año desistir de los contratos educacionales dentro de los 10 días siguientes a la publicación de las postulaciones a las universidades, exhibiendo el comprobante de una segunda matrícula, instancia que podrá realizarse hasta el 23 de enero.

Esta iniciativa busca que los estudiantes de primer año que se matricularon en una institución, y se enteran de su aceptación en otra universidad, encuentran una mejor alternativa, cambiaron de preferencia o se arrepintieron de su elección, puedan renunciar del contrato sin explicar el motivo.

Esto implica que la casa de estudio no puede cobrar por los servicios no prestados, y debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año. Asimismo la institución sólo podrá retener de esta matrícula, el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.

Según datos otorgados por el Servicio Nacional del Consumidor, el nivel de reclamos por las dificultades para ejercer el retracto no supera el 1,5%. De todas maneras, el llamado del Sernac es para las instituciones, para que entreguen facilidades y no dificultades para que los estudiantes puedan ejercer este derecho y competir por su preferencia.