La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia de segunda instancia en la investigación por los delitos de fraude y estafa al Fisco en la arista “Honorarios Asesorías Tributarias Integrales Limitada”, correspondiente al cuaderno N° 5 de la investigación por irregularidades investigadas en la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE).

En fallo unánime los ministros de la Sexta Sala del tribunal de alzada Cornelio Villarroel, Dobra Lusic y el abogado integrante Enríque Pérez ratificaron la condena de primera instancia del ministro en visita Omar Astudillo que había determinado que Claudio Manuel Carreño Rosales, como autor de un delito de fraude al fisco y de catorce delitos de negociación incompatible, recibirá la sanción de pena única de cuatro años, y al pago de una multa del 25% del perjuicio causado al fisco de Chile.

Carreño Rosales fue absuelto del cargo formulado en su contra como autor de un delito de negociación incompatible; del cargo de fraude al fisco, relacionado con la emisión, cobro y pago de la boleta de honorarios XEM Nº 59 y de los cargos como autor de nueve delitos de cohecho. Se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.

En tanto a Luis César Briceño Guzmán, se le condenó como autor del delito de estafa en perjuicio del fisco, a la pena de 600 días de presidio, y al pago de una multa de 25 UTM. Además, se le condenó como autor de nueve delitos de soborno, a la pena única de 100 días de presidio; una multa equivalente a los 16 millones 580 mil 634 pesos y al pago de 50% de los costas de la causa. Se le concedió el beneficio de la remisión condicional, fijándose en el término de dos años el plazo de observación.

Mientras que Ximena Espinoza Muñoz fue absuelta del cargo de autora del delito de estafa al fisco, por los hechos relacionados con la emisión, cobro y pago de la boleta de honorarios XEM Nº 59.

En cuanto a la acción civil, se condenó a Claudio Manuel Carreño Rosales y a Luis Briceño Guzmán a pagar al fisco la cantidad de 28 millones 440 mil 495 pesos.