La moción parlamentaria fue aprobada con 74 votos y establece que el director nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario podrá declarar incobrables ciertos créditos en los noventa días previos a una elección popular mediante resolución fundada y con autorización del ministro de Agricultura, además de remitir copia de la resolución a las comisiones respectivas del Congreso Nacional.

La iniciativa (boletín 6262), ingresada a trámite el 11 de diciembre de 2008, se originó en una moción de los diputados Gonzalo Arenas, Ramón Barros, Enrique Estay, Alejandro García-Huidobro, Javier Hernández, Iván Moreira, Iván Norambuena, y Gastón Von Mühlenbrock, además de los ex diputados Claudio Alvarado y Marcelo Forni.

Imagen: Camara de Diputados

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El propósito que inspiró a sus patrocinantes era incorporar mayores requisitos de publicidad al director nacional del INDAP para castigar contablemente créditos morosos que pequeños agricultores mantengan con dicho Instituto, en la víspera de eventos de elección popular, con la finalidad de evitar que esta atribución se ejerciera con afanes de intervencionismo electoral, informó el sitio web de la Cámara de Diputados.

El artículo 5° de la Ley N° 18910, orgánica de INDAP, precisa las funciones y atribuciones del director nacional, entre las cuales está declarar incobrables, en casos calificados y por resolución fundada, deudas y demás obligaciones que terceros tengan con el Instituto y disponer su castigo contable.

Tras advertir que esta atribución podría ser utilizada con fines político-electorales porque la normativa no indica cuáles son los criterios que puedan fundamentar una resolución de esta naturaleza ni qué se entiende por “casos calificados”, los autores de la moción presentaron una reforma legal que acota el ejercicio de esta potestad.

De este modo, el 27 de julio pasado la Sala aprobó en general la iniciativa en los siguientes términos: “En caso de ejercerse esta atribución dentro de los 90 días anteriores a una elección popular, la resolución que los otorgue deberá ser fundada y contar con la autorización previa del Ministro de Agricultura. Copia de las resoluciones, así como de los antecedentes que le sirvieron de base, deberán ser remitidas dentro del quinto día a las Comisiones de Agricultura de la Cámara de Diputados y del Senado”.

Sin embargo, para regular con más detalle y con criterios objetivos esta facultad, en la discusión en particular de la iniciativa en la Comisión de Agricultura se incorporó una indicación del diputado Lautaro Carmona -que fue ratificada hoy por la Sala- donde se consigna que “un reglamento señalará los criterios a los cuales debe atenerse el Director Nacional para hacer uso de su facultad de declarar incobrables determinadas deudas con el Instituto”.