Se declaró admisible el recurso de protección interpuesto por comunidades mapuche de Quepe, Región de La Araucanía, que se oponen a la construcción en territorio indígena del nuevo aeropuerto de Temuco. 6 agrupaciones impugnan dicha obra por no haber sido consultados.

Iván Reyes presidente de la asociación indígena Ayún Mapu, dijo que la acción judicial está dirigida contra el Ministerio de Obras Públicas representado por su ministro, Hernán de Solminihac, con motivo de la dictación del decreto que adjudica contrato de concesión del ‘‘Nuevo Aeropuerto de la Región de la Araucanía’’, solicitando que dicho acto administrativo sea dejado sin efecto y se obligue al Estado de Chile a materializar su deber de consultar a los Pueblos Indígenas contemplado en el Convenio 169 de la OIT .

Al respecto recordemos que el día 15 de septiembre de 2009 entró en vigencia plena el Convenio 169° de la Organización Internacional del Trabajo, generando la obligación para el Estado de consultar las medidas administrativas susceptibles de afectar directamente a los Pueblos Indígenas

El día 2 de febrero de 2010, el MOP, sin cumplir con la obligación de consulta que establece el Convenio 169 de la OIT, dictó el Decreto N° 121 que adjudica contrato de concesión a la Empresa Constructora Belfi S.A.

La justicia resolvió atendido los antecedentes, que el Ministerio de Obras Públicas deberá evacuar el informe solicitado por la Corte de Apelaciones de Santiago en el término de cinco días, remitiendo al tribunal conjuntamente con su informe, todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto que ha motivado el recurso de protección interpuesto por comunidades indígenas.