Este martes se aprobó en la Cámara de Diputados un proyecto destinado a garantizar, por ley, un permiso de 5 días para la “luna de miel”, o sea, a los trabajadores que contraigan matrimonio.

Imagen por Buck Forester

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La iniciativa de los diputados de la Democracia Cristiana: Carolina Goic, Gonzalo Duarte, Jorge Sabag y Mario Venegas, contó con el apoyo transversal de todas las bancadas.

Consultada sobre el proyecto, Goic explicó que “con esta ley estamos modernizando nuestra legislación, poniéndonos a tono con lo que ocurre en países desarrollados donde este permiso por matrimonio se aplica desde hace tiempo. Si logramos avanzar en este tema, no sólo estamos contribuyendo a mejorar nuestras prácticas laborales, sino a apoyar a la familia y a las parejas que consolidan una relación”.

Goic complementó manifestando que “en España se otorgan 15 días, en Argentina 10, y en Francia 4 días. Chile está en proceso de mejorar varios aspectos relativos a las relaciones laborales y este permiso, obviamente, es un derecho con el que deben contar todos los trabajadores del país, no sólo quienes han llegado a un acuerdo con sus empresas, sino un beneficio garantizado por ley”.

La parlamentaria agregó, además, que “así como la ley otorga permisos por enfermedad del hijo o muerte del cónyuge, estimamos que el matrimonio es un acto solemne, fundamental y que requiere de un permiso especial para todos los trabajadores”.

Sostuvo, además, que “si bien algunas empresas cuentan con este beneficio para sus trabajadores, esto sólo ha sido fruto de negociaciones colectivas y no ocurre así en todas partes; de allí la necesidad de legalizar este importante derecho a la hora de contraer matrimonio”.

El proyecto establece que los días de permiso, “5 días hábiles de permiso pagado, adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio, podrían tomarse antes o después del matrimonio”.

Se agrega que “estas disposiciones beneficiarán a todos los trabajadores que dependan de cualquier empleador, comprendidos aquellos que trabajan en su domicilio y, en general, a todos los que estén acogidos a algún sistema previsional.”.

Finalmente, se especifica que “el trabajador deberá dar aviso a su empleador con 30 días de anticipación y presentar dentro de los 30 días siguientes a la celebración el respectivo certificado”.