La Corte Suprema rechazó un recurso que buscaba revertir la condena contra la empresa SQM Salar por prácticas antisindicales, al no reincorporar a dos trabajadores que contaban con fuero sindical.

En fallo unánime, la Cuarta Sala del máximo tribunal rechazó la acción judicial presentada en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que confirmó la multa de 100 UTM (poco más de 4 millones 500 mil pesos), que debe pagar la empresa en beneficio del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).

Ambos trabajadores fueron despedidos en diciembre de 2014, por “necesidades de la empresa“, figura que contempla el actual Código del Trabajo.

La sentencia del máximo tribunal descarta que dicha multa se haya adoptado con infracción legal o afectación de garantías constituciones como plateaba la recurrente, al sancionar a la empresa por no reincorporar a dos trabajadores que gozaban de fuero sindical.

La justicia determinó que si bien no se probó “el cumplimiento de todas las exigencias estatutarias y legales” en las elecciones sindicales, como los dirigentes gozan de fuero desde la fecha de su elección, el empleador debe respetarlo, “con prescindencia de la validez o no del procedimiento eleccionario”.

El fallo de la Suprema agrega que los cuestionamientos acerca de aquellas elecciones deben ser formularlos ante el Tribunal Electoral Regional respectivo.