La Corte de Apelaciones de Santiago criticó duramente las condiciones inhumanas en las que tienen que vivir los reos al interior de las distintas cárceles de la Región Metropolitana.

Se trata de un informe de la comisión de visitas de las cárceles de la capital, informe en donde se entregan una serie de sugerencias para mejorar las condiciones de los imputados y condenados.

La comisión visitó el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur (ex Penitenciaría), el Centro de Detención Preventiva Santiago I, la unidad especial de Alta Seguridad, el Centro de Reclusión Cerrado Masculinio de Til Til, el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco, el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, el Centro de Cumplimiento Penitenciario Santiago I, la unidad de atención psiquiátrica del Hospital Dr. José Horwitz, el Centro de Reinserción Social Manuel Rodríguez, el Centro de Educación y Trabajo Metropolitano, el Centro de Internación Provisoria Mixto, el Centro de Régimen Cerrado Femenino San Francisco y el Centro Semicerrado Femenino de Santiago.

Centro de Detención Preventiva Santiago Sur

La comisión hizo notar “el retroceso que significó volver incorporar población penal en calidad de imputados dentro de esta unidad”, recordando que la salida de procesados de dicha unidad “fue un logro trabajoso, que tardó años en hacerse realidad”, por lo que “resulta frustrante volver a una situación que se creía ya superada, con aquella medida adoptada en septiembre de 2015, al redestinar 128 imputados al CDP Santiago Sur provenientes del Centro de Detención Preventiva Santiago Uno, unidad creada precisamente con el objeto de cumplir tal cometido, que aparece como un punto que urge revertir a la brevedad”.

En el informe se explica que “en ocasiones, llega a estar reñida con lo más elementales estándares que exige dignidad humana. La cantidad de internos que duermen casi apilados, unos sobre otros, en reducidos espacios, con nula ventilación y luz natural, en condiciones insalubres, con presencia de chinches y otros parásitos”.

ARCHIVO | José Carvajal | Agencia UNO

ARCHIVO | José Carvajal | Agencia UNO

Ex penitenciaría y Centro de Detención Preventiva Santiago I

Sobre las condiciones constatadas en la ex Penitenciaría, el informe asegura que el recinto penal presenta “insuficiencias, destrucción y falta de higiene evidentes, así como rotura de cañerías que mantienen un pérdida constante de aguas corriendo en los pisos (…) Conjuntamente con aquella situación, persisten las instalaciones eléctricas irregulares, que constituyen una amenaza permanente, no sólo de electrocución de algunos internos, sino que también como agentes potencialmente generadores de incendios”.

Asimismo, se deja constancia de las condiciones de trabajo de los funcionarios de Gendarmería en el recinto: “no puede dejar de observarse las precarias condiciones en que pernoctan los funcionarios de Gendarmería dentro del penal, sobre todo aquellos más recientemente incorporados, ya que las dependencias por ellos habitadas están en pésimo estado de mantenimiento, hacinadas, sucias y carentes de luz, encontrando incluso basura amontonada en los pasillo y rincones de las dependencias de descanso, situación ésta que en algunos casos no se diferencia mucho de aquella forma de vida que actualmente mantienen los reclusos”.

En cuanto al Centro de Detención Preventiva Santiago I, la comisión de visita de cárceles denuncia que es urgente realizar “una revisión profunda de los incumplimientos en que ha incurrido la empresa concesionaria y, consecuencialmente, analizar si ello acaso no justificaría poner fin a dicho contrato atendidas las graves falencias constatadas“.

“Sobre la alimentación de los internos de esta unidad penal, la comisión jurisdiccional registró las quejas de los internos sobre la entrega en ocasiones de alimentos fríos y panes semicongelados. Además, se advierte el prolongado tiempo en que los internos permanecen sin alimentación”, debido a que cenan a las 17:00 horas y deben esperar al desayuno, el que que sirve a las 9 de la mañana del siguiente día.

“En efecto, aquel alimento se les reparte a eso de las 17:00 horas, luego de lo cual no reciben bocado alguno hasta las 9:00 del día siguientes, sin que exista en este recinto –a diferencia de otros– la posibilidad de que los propios internos, a través de sus familiares, puedan proveerse algunos alimentos adicionales para morigerar aquel prolongado lapso de tiempo sin comer”.

Asimismo, los comisionados consideraron “de extrema gravedad” la entrega de alimentos en una bandeja desprovista de cubiertos, “lo que obliga a los internos a consumirlos con la mano. La situación, según se aprecia, no sólo tiene evidentes ribetes de tipo sanitario, sino que tal vez los más grave, es que atentan en contra de una cuestión elemental de dignidad humana [...] El problema fue reconocido por las autoridades pertinentes y, nuevamente la concesionaria esgrimió aspectos contractuales, vinculados esta vez a la provisión de determinada cantidad de utensilios cuya permanencia debía ser garantizada por la vigilancia atenta de Gendarmería”.

ARCHIVO | Hans Scott | Agencia UNO

ARCHIVO | Hans Scott | Agencia UNO

Punta Peuco

La comisión indicó que en el penal se advierten “grandes dificultades para los desplazamientos a centros de salud imprescindibles para los internos, atendida especialmente la edad avanzada de muchos de ellos, en particular, la asistencia a centros de diálisis”. Asimismo, se recibieron reclamos sobre la restricción de visitas, sobre todo de familiares de internos de menos recursos.

Cárcel de Alta Seguridad y Centro de Reclusión masculito Til Til

En la unidad especial de Alta Seguridad, la comisión aconseja que “sería una práctica adecuada el mantener un registro completo de las resoluciones que imponen castigos, los antecedentes que les sirven de fundamento y la necesidad de que aquellas hayan sido ejecutadas sólo una vez que la resolución respectiva quede firme”.

En el caso de las condiciones que presenta el Centro de Reclusión Cerrado Masculino Til Til, la comisión de visita de cárceles reitera las observaciones realizadas por comisiones anteriores respecto de la falta crónica de agua potable en el recinto, el “depende directamente del abastecimiento de agua de pozo administrado por el penal Punta Peuco, considerando, además que la unidad que alberga a menores está ya a un nivel crítico de funcionamiento con 100 jóvenes, que es el número máximo de la población que es posible albergar”.

Además, “la Comisión observó también con atención las malas condiciones en las que se encuentran las dependencias o “ranchos” en los que deben permanecer los funcionarios de Gendarmería a cargo de la custodia perimetral del recinto, lugar estrecho y hacinado, con filtraciones de agua desde el baño hacia un dormitorio, todo lo que ya había sido consignado en la visita anterior, sin constatarse avance alguno, desde que las escasas reparaciones no resultaron suficientes para mitigar estas falencias”.

Colina I y Colina II

En el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina II se advierten deficiencias en las condiciones de las celdas de aislamiento. “Las condiciones de estos recintos, veinte celdas sin luz natural ni patio, son absolutamente inhumanas, sus dimensiones, que no superan los ocho metros cuadrados, albergan hasta catorce personas y cuentan también en su interior con un ‘baño turco’ para que los sujetos realicen sus necesidades fisiológicas en el mismo sitio. El hedor, oscuridad y pestilencia en la que deben además recibir alimentos a puerta cerrada fue corroborado directamente por los comisionados“.

La visita continuó en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, donde se constató un alto cupo aún disponible para el ingreso de internos, lo que contrasta con el hacinamiento de otros penales. Asimismo, se asegura que “se requiere resolver el tema del largo tiempo que permanecen los internos sin ingerir alimentos después de la cena (la que reciben a las 15:30 horas)”.

Evitar multas

En el informe se sostiene que en concordancia con la situación advertida en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y el traslado a dicho recinto penal de internos de Santiago I, se considera que es evidente que “la decisión política de trasladar internos imputados desde ese Centro Penitenciario a otros que son propiamente de cumplimiento, obedece a una medida tendiente a evitar el pago de multas a la empresa concesionaria, motivado en la sobrepoblación de internos en la cárcel concesionada”.