El Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago acogió los recursos de reclamación presentados por Leonidas Vial y la corredora Larraín Vial en rechazo a la millonaria multa interpuesta en su contra por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) .

En un fallo de 120 páginas, el 29° Juzgado Civil de Santiago acogió el reclamo deducido por Leonidas Vial y la corredora Larraín-Vial en contra de la resolución de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), que en septiembre del año pasado, los multó por operaciones irregulares dentro de las denominadas empresas Cascadas de Soquimich.

“Que se hace lugar a la reclamación interpuesta en lo principal de fojas 31 por Larraín Vial S.A Corredora de Bolsa, en contra de la Resolución Exenta N° 223, de fecha 02 de septiembre de 2014, mantenida por la Resolución Exenta N° 240 de fecha 23 de septiembre del mismo año, dejándose sin efecto la multa” señala la parte resolutiva del fallo firmado por la jueza suplente María Cecilia Morales.

En septiembre del año pasado la SVS sancionó a ocho personas y a la corredora Larrain-Vial a pagar multas por 4.010.000 unidades de fomento, aproximadamente unos US$ 164 millones a la fecha, por infringir las leyes de Mercado de Valores y Sociedades Anónimas por actuaciones y operaciones bursátiles realizadas entre septiembre de 2010 y 2011.

Quien se llevó la mayor sanción en la oportunidad fue el ex controlador de SQM, Julio Ponce Lerou, acusado de ser el ideólogo de un esquema coordinado de operaciones para transar acciones de Oro Blanco y Calichera que lo beneficiaron a él y a varias personas cercanas a él.

El esquema, en pocas palabras, consistía en vender, a firmas relacionadas o vinculadas, títulos bajo precio de mercado, para luego recomprarlos, usando las cascadas, a valores más altos. Ese mecanismo, según la SVS, le permitió a Ponce ganar 3.125.000 UF (US$ 128 millones). La SVS lo multó con US$ 70 millones.

En el caso de Leonidas Vial Echeverría la multa llegó a UF 500.000 y para Larrain Vial S.A. Corredora de Bolsa la SVS aplicó una multa a beneficio fiscal de UF 200.000.

“Que se hace necesario además precisar que la reclamante Larraín Vial S.A. Corredores de Bolsa, como su nombre lo indica, se trata de una persona jurídica que actúa como mandatario, y como tal su acción se circunscribe a las instrucciones que recibe de su mandante, no siendo por tanto posible imputarle a priori el conocimiento de intenciones, malas decisiones de inversiones que podrían haberse producido en las operaciones indicadas por la SVS” dice el fallo para absolver a la corredora.

A lo que se añade que “solo podría corresponder a la responsabilidad de los órganos de administración y toma de decisión de los gobiernos corporativos de las empresas y sociedades de las cuales recibió dichas instrucciones”.

El Consejo de Defensa del Estado, que representa a la SVS en este juicio, puede impugnar esta resolución del 29° Juzgado Civil ante la Corte de Apelaciones de Santiago en un plazo de 10 días.