La Superintendencia de Valores y Seguros formuló cargos contra los directores de SQM S.A. por eventuales infracciones en la difusión al mercado de información esencial en los términos, forma, oportunidad y completitud que establece el marco legal y normativo vigente.

La SVS informó que hoy resolvió, mediante Resolución Exenta N°080, hacer pública la formulación de cargos en contra de todo el directorio de la Sociedad Química y Minera (Soquimich o SQM S.A.).

Esta formulación de cargos, indica a través de su portal web, se enmarca dentro del proceso de investigación y recopilación de antecedentes efectuado por la SVS relativo a hechos que han sido de público conocimiento, que tienen que ver con el cuestionamiento respecto de pagos que no tendrían el respaldo necesario para ser considerados como gastos para la generación de renta, habiendo sido informados así por SQM entre los años 2009 y 2014.

En consecuencia, la SVS formuló cargos a los directores señores Julio Ponce Lerou, (presidente), Hernán Büchi Buc, Juan Antonio Guzmán Molinari, Wolf Von Appen Behrmann y Patricio Contesse Fica.

Para ello, agrega, se consideró la relevancia de la información que detentaba el directorio de la compañía sobre los cuestionamientos tributarios, frente a lo cual éste órgano de control societario no calificó ni informó con la oportunidad ni en la forma debida al mercado dicha información que podría ser entendida como esencial.

Concretamente, la eventual conducta de los directores de SQM sería reprochable en virtud de lo establecido en la letra A. del numeral 2.2. de la Sección II de la NCG N°30 y en los artículos 9° y 10° de la Ley 18.045, que disponen la obligación de proporcionar al mercado, de manera oportuna, veraz y fidedigna, y por la vía dispuesta al efecto, toda información que se considera importante para las decisiones de inversión.

Los actos del directorio de SQM también pueden ser constitutivos de infracciones a los artículos 42 y 46 de la Ley de Sociedades Anónimas, toda vez que los directores de una sociedad anónima no pueden ocultar ni omitir información esencial a los accionistas.

Procedimiento administrativo de la SVS

Se hace presente que el proceso administrativo desarrollado por la Superintendencia tiene el carácter de reservado según lo dispone el artículo 23 de su Ley Orgánica y, por regla general, los oficios de cargos también tienen carácter reservado, haciéndose público este antecedente sólo en caso de aplicarse una sanción.

Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la fe pública y el interés de los inversionistas comprometidos en este caso, resulta pertinente informar al mercado y público general la formulación de cargos antes mencionada sobre la base de conclusiones sostenidas hasta la fecha en la investigación administrativa antes referida, sin que ello implique levantar la reserva de los antecedentes recopilados en la misma ni el contenido íntegro de los cargos formulados.

Una vez notificados, los formulados de cargos podrán presentar sus descargos y solicitar, si lo estiman pertinente, la apertura de un período de prueba. Una vez cumplido este proceso y con todos los antecedentes, la SVS deberá resolver si mantiene los cargos formulados, en cuyo caso podría aplicar una sanción administrativa, o bien, absolver a las personas en la medida que se acredite falta de responsabilidad.