En una nota publicada el lunes 24 noviembre de este año, titulada originalmente como “Ordenan al Consejo para la Transparencia probar legalidad de datos entregados sobre grupo Pasmar“, cabe realizar una rectificación por una imprecisión y error jurídico que contenía el texto, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 y siguientes de la ley N° 19.733, sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo.

En efecto, la Corte de Apelaciones de Valdivia no ha ordenado que el Consejo para la Transparencia pruebe la legalidad de los datos entregados sobre Pasmar, sino que la orden, que responde a una petición de esta empresa, apunta a determinar si hubo una irregularidad por parte del Consejo, debido a que entregaron datos del proyecto comercial tras la petición de un tercero.

Pasmar S.A, en calidad de reclamante de ilegalidad, solicitó la apertura de un término probatorio para acreditar la afectación de sus derechos comerciales y económicos que la entrega de la información exigida por el Consejo le pudiere provocar. Dicha petición fue acogida por el tribunal de alzada, y se extendió un periodo de prueba por 7 días, que vence este viernes 28 de noviembre, tras lo cual se ordenará incluir la causa en relación, para escuchar los alegatos de las partes.