La Cámara de Diputados respaldó las modificaciones del Senado al proyecto del Ejecutivo que establece un aporte de capital extraordinario para Codelco, además de la autorización para contraer endeudamiento, con 109 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

La iniciativa autoriza al Ministro de Hacienda a efectuar aportes extraordinarios de capital por un monto de hasta US$3.000 millones, desde la entrada en vigencia de la ley hasta el 28 de febrero de 2018, en una o más transferencias, las que se financiarán con activos financieros disponibles en el Tesoro Público, sean estos en moneda nacional o en moneda extranjera.

Durante el mismo plazo, la presidenta de la República será autorizada para contraer obligaciones en el país o en el exterior, en moneda nacional o en monedas extranjeras, hasta por la misma cantidad recién señalada, que por concepto de endeudamiento se incluirán en los ingresos generales de la Nación.

Para estos fines se podrá emitir y colocar bonos y otros documentos en moneda nacional o extranjera, los que podrán llevar impresa la firma del Tesorero General de la República.

La autorización será ejercida mediante decretos supremos expedidos a través del Ministerio de Hacienda, en los que se identificará el destino específico de las obligaciones que se contraigan e indicando las fuentes de recursos con cargo a los cuales debe hacerse el servicio de la deuda.

El Senado modificó el artículo 3°, que establece que a partir de la entrada en vigencia de esta iniciativa y hasta el año 2018, el directorio de Codelco deberá poner a disposición de la Junta de Accionistas y de las Comisiones de Hacienda del Senado y de la Cámara de Diputados, un informe anual de avance del “Plan de Negocios y Desarrollo 2014-2018”.

El informe deberá despacharse antes del 30 de marzo de cada año y sus contenidos serán definidos en una junta extraordinaria de accionistas realizada dentro de los 60 días siguientes a la fecha de publicación de esta ley.

En dicho informe se deberá dar cuenta el avance de las inversiones contenidas en dicho Plan al término del año anterior, incluyendo su ejecución financiera, el detalle de los principales componentes de su ejecución, desagregado por cada uno de los proyectos estructurales y sus correspondientes inversiones, y el financiamiento utilizado.

Tras la aprobación de estas modificaciones, el proyecto culminó su tramitación en el Congreso y fue remitido al Ejecutivo para su promulgación.