La Corte Suprema ratificó la sentencia que condenó al Servicio de Salud Bío Bío a pagar una indemnización de $30.000.000 a la esposa e hijos de un hombre que murió en el Hospital Víctor Ríos Ruíz de la ciudad de Los Ángeles por deficiente tratamiento médico.

En fallo unánime la Tercera Sala integrada por los ministros Rubén Ballesteros, Héctor Carreño, Rosa Egnem y los abogados integrantes Arnaldo Gorziglia y Emilio Pfeffer rechazaron el recurso de casación en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que confirmó un fallo del Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles a pagar la suma antes señalada a Sara Torres Iturra y sus hijos.

El grupo familiar presentó una demanda luego de la muerte de Luis Monsalve Torres en julio del año 2010 en el establecimiento por la administración de un medicamento llamado fenitoína, que en una ocasión anterior ya le había causado problemas en su salud.

La sentencia ratifica la responsabilidad por falta de servicio del recinto asistencial al no entregar el tratamiento médico adecuado al paciente y administrar el medicamento que causó su deceso. El hospital basó su defensa en que las fichas médicas del paciente se dañaron con el terremoto del 27 de febrero de 2010, hecho que fue descartado ya que los documentos sólo se encontraban mal archivados.

“El tribunal concluyó que hay responsabilidad por falta de servicio, en razón de que un paciente fue atendido en condiciones de ausencia absoluta de información clínica de respaldo, y frente a ello el personal médico nada inquirió, significando que el tratamiento médico no fuese el acertado, esto es que la fenitoína que se le administró mientras era tratado le ocasionó la muerte, a lo que se suma que el historial médico del enfermo se encontraba mal archivado, es decir, su extravío no se debió al deterioro producido con ocasión del evento telúrico ocurrido el 27 de febrero de 2010, sino que obedeció a un archivo efectuado de manera negligente”.