Con 101 votos a favor, ninguno en contra y sin abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó este jueves el proyecto del Gobierno que hace permanente el Bono Marzo y amplía la cobertura del Bono de Invierno.

La totalidad de los parlamentarios presentes en la sala de la Cámara Baja dieron su apoyo a la primera iniciativa que ingresa el gobierno de Michelle Bachelet, que busca dar el carácter de permanente a este beneficio y reponer el Bono Invierno a familias que lo habían perdido durante la administración anterior.

Ahora, el proyecto pasa a su segundo trámite legislativo en la sala del Senado, a partir del próximo martes.

Una vez aprobado, en el caso del presente año, el pago del beneficio se realizará a más tardar a contar del primero del mes siguiente a la publicación de la ley y se pagará por el Instituto de Previsión Social (IPS).

¿En qué consiste el proyecto?

Se trata de un aporte permanente de 40 mil pesos por carga, para las familias más vulnerables del país, el cual será entregado cada año en el mes de marzo, a quienes al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean beneficiarios de los siguientes mecanismos:

- Subsidio familiar establecido en la Ley 18.020.
- Asignación familiar o asignación maternal establecidas en el DFL. 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
- Personas o familias que sean usuarias del Subsistema de “Seguridades y Oportunidades”.
- Familias que estén participando en el Subsistema “Chile Solidario”,

En los dos últimos casos, se accederá al beneficio siempre que las personas no sean beneficiarias de alguno de los subsidios antes señalados. El monto se reajustará el 1 de marzo de cada año, en el 100% de la variación que haya experimentado el IPC.

Para evitar que nadie que tenga el derecho se quede sin recibir el bono, habrá plazo de un año para reclamar el aporte, contado desde abril. Además, se fija un plazo de 9 meses para el cobro, contado desde la emisión del pago.

Paralelamente, el proyecto amplía la cobertura del Bono de Invierno, al no considerar como requisito de ingreso, el monto que el pensionado perciba por aporte previsional solidario de vejez, ítem que fuera establecido a través de las Leyes de Presupuestos en los últimos dos años.