La Superintendencia de Valores y Seguros, SVS, multó a la consultora PricewaterhouseCoopers y a su socio, Luis Alejandro Joignant, por deficiencias en la auditoría realizada a los estados financieros de La Polar durante 2009, en el marco del caso repactaciones unilaterales.

La empresa, acusada de infringir el reglamento y la Ley de Sociedades Anónimas, calificó la sanción como “improcedente”, ya que se estaría juzgando dos veces un mismo hecho.

2 mil unidades de fomento, cerca de 47 millones de pesos, y mil 500 UF, alrededor de 35 millones, deberán desembolsar PricewaterhouseCoopers y su socio, Luis Alejandro Joignant, debido a la multa que cursó la Superintendencia de Valores y Seguros, SVS.

Ello, debido a que la empresa consultora transgredió las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas y los deberes de cuidado a los que se someten estas compañías, vulnerando los artículos 55 y 56 del Reglamento de Sociedades Anónimas y el 53 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Según explicó el director del Centro de Gobierno Corporativo de la Universidad Católica, Matías Zegers, estas infracciones son por la responsabilidad que tuvo la consultora al entregar un informe de auditoría poco riguroso.

El dictamen de la SVS afirma que, teniendo en cuenta todos los elementos aportados al proceso, no son reiteradas las infracciones respecto de las ya impuestas en marzo de 2012, debido a que obedecen a un período distinto y posterior al objeto de la presente resolución.

Apreciación distinta tuvo la empresa consultora, la que declaró que el trabajo que realizaron con la La Polar “se apegó estrictamente a las normas de auditoría aplicables en Chile” y que la multa es totalmente improcedente, debido a que se está sancionando dos veces un mismo hecho.

La abogada de los accionistas minoritarios de La Polar, Bárbara Salinas, sostuvo que este fallo ratifica la negligencia con la que actuó la empresa auditora en el caso de la multitienda.

Ambos sancionados tienen un plazo de 10 días hábiles para interponer un recurso de reclamación ante el Juzgado de Letras Civil que corresponda. De lo contrario, pueden interponer un recurso de reposición en la SVS, previo pago del 25 por ciento de la multa.