A través de una resolución publicada este jueves en el Diario Oficial, la Subtel ordenó a las empresas de telecomunicaciones suspender la comercialización de sus servicios a través del sistema de ventas telefónicas. La medida exige que las compañías telefónicas cuenten con un proceso de venta telefónica transparente y seguro, a fin de eliminar toda posibilidad de engaño o venta fraudulenta que perjudique a los usuarios de telecomunicaciones.

La resolución señala expresamente “que conforme a la normativa sectorial de telecomunicaciones, únicamente el suscriptor o abonado de una línea telefónica está habilitado para contratar servicios de telecomunicaciones a través de la misma, siendo de responsabilidad de las empresas de telecomunicaciones obtener el consentimiento expreso, claro e informado del cliente, conservando un registro que dé cuenta fehaciente del cumplimiento de todas estas exigencias”.

De no cumplirse esta prohibición, las empresas podrían ser sancionadas con una multa que oscila entre las mil y 3 mil UTM -entre los 40 millones de pesos y los 120 millones de pesos-.

Al respecto, se explicó que la suspensión se mantendrá vigente mientras cada compañía no certifique ante Subtel un modelo de ventas telefónicas que acredite la titularidad de quien está contratando un servicio y que garantice expresamente un medio de prueba que señale dicha contratación.

La Subsecretaría ha fijado un plazo de 60 días a contar de hoy jueves para que las compañías hagan llegar los antecedentes requeridos y el modelo de comercialización de ventas telefónicas con los protocolos y procedimientos que deben ser visados por ésta Subsecretaría, los que una vez aprobados podrán seguir siendo utilizados por las empresas como canal de venta.

Cabe destacar, que esta medida se concretó tras la denuncia efectuada este martes por el programa “Contacto” de Canal 13, el cual expuso los engaños en torno a este tipo de ventas.

En este contexto, la Subtel informó que en 2012 por concepto de “contratación de servicios no reconocidos” se recibieron más de 5.700 reclamos, con un promedio mensual de 481 denuncias.

En 2013, en tanto, el promedio mensual de reclamos por este concepto alcanza un 42% menos que en 2012, con lo cual hoy la estadística asociada a esta materia sólo representa el 13% de los reclamos totales recibidos por el organismo.

Pese a ello la Subsecretaría presume que no todas las empresas han implementado los sistemas que permitan entregar, de manera expedita a los usuarios afectados, los medios de prueba que respalden dicha expresión de voluntad, ni procedimientos confiables y eficientes para dejar sin efecto dichas contrataciones y obtener la restitución de los cargos indebidos que se hubieren efectuado.

Ante situaciones como las citadas la Subtel hizo un llamado a que los usuarios que se vean afectados por un cobro o un contrato no reconocido cursen el reclamo respectivo, ya sea de forma presencial -en sus oficinas, las de Sernac o a través de ChileAtiende-, o usando el portal de reclamos en el sitio web de la Subsecretaría, ya que hoy nueve de cada diez reclamos por concepto de “contratación de servicios no reconocidos” recepcionados son fallados a favor del usuario, lo que implica dar de baja el servicio no reconocido y la devolución de los montos cobrados por éstos.