La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por el propietario de un predio en contra de los integrantes de una familia mapuche de Tirúa, quienes mantienen una ocupación de terrenos en la zona de Puerto Choque.

En fallo unánime los ministros de la tercera sala del máximo tribunal, acogieron la acción cautelar del agricultor José Salazar Romero, cuyos terrenos fueron ocupados hace varias semanas por la familia Pilquimán Yebilao.

La sentencia determina que los terrenos que se reclaman no son de carácter indígena y por lo tanto no se puede recurrir a la autotutela para reclamar la propiedad de ellos.

Por ese motivo se ordena por parte del máximo tribunal, cesar la ocupación de los terrenos, para lo cual se tendrá que recurrir a la fuerza de Carabineros.