Mucho se ha escrito, analizado y dicho, sobre lo que se considera propaganda electoral o no, respecto a los cientos de carteles que poco a poco comienzan a aparecer en nuestras ciudades.

Hay las que se conocen como “palomas” o “palometas” que son estas especies de estructura triangulares con las fotos de los candidatos por ambos lados, casi siempre se usan en bandejones centrales de avenidas o áreas verdes.

También existen los que se conocen como “chorizos” (aunque en algunas partes les llaman distinto). Estos son esas especies de guirnaldas con carteles de los candidatos que se cruzan horizontalmente – como las banderas del 18 – de un lado a otro de la calle. Habitualmente colgadas de poste a poste. Una variación de estos “chorizos” es la que se usa igual colgada de un poste pero en forma vertical.

A propósito de postes, están también las “posteras” esos carteles que se ponen en el alumbrado público, idealmente en altura para que el otro comando de campaña del adversario no los saque.

Las candidaturas más humildes, (o las que quieren dar esa sensación porque a veces no son tan humildes como dice) optan por afiches simples, de esos rollos de papel café escrito con pintura al agua y que se pegan en las paredes.

Los más pudientes, alcanzan a las gigantografías y a las denominadas “lunetas” que se ponen en los vidrios traseros de las micros. De ahí en más cualquier artimaña es valida para hacerse notar, lápices, chapitas, servilletas, ropa interior, poleras, y cuando merchandising existe.

Ahora bien, no es el objeto de estas líneas hacer un análisis económico de cuánto gastan las candidaturas, sino mas bien detenernos en cuánto no gastan, en cuánto evaden y por qué no se regulariza.

El problema radica en que la legislación vigente, es decir la Ley 18.700, en su artículo 30, dice que “se entenderá por propaganda electoral la dirigida a inducir a los electores a emitir su voto por candidatos determinados. Dicha propaganda sólo podrá efectuarse en las oportunidades y en la forma prescrita en esta ley”.

Según el abogado Daniel Stingo, la palabra inducir al voto, es la que genera una especie de vacío del cual se aprovechan las diferentes candidaturas y lo peor es que hasta el momento -dice el legista- ningún organismo competente ha dilucidado a qué se refiere claramente el vocablo, y qué se entiende entonces por propaganda electoral.

¿Quiénes son los encargados de fiscalizar con sus inspectores y ordenar el retiro de estos carteles?….. exactamente, lo que usted piensa,… los municipios. Entonces se preguntará ¿por qué no lo hacen?… y la respuesta es exactamente la que usted está pensando,… porque simplemente tarde o temprano los municipios o las autoridades municipales, cuando fueron candidatos, también hicieron lo mismo, es decir, todos tienen “tejado de vidrio”.

La propaganda electoral por medio de la prensa, radioemisoras y canales de televisión, sólo podrá efectuarse 30 días antes de la elección, prohibiéndose publicidad de este tipo en cines y salas de exhibición de videos y la que en cualquier lugar o forma se realice por altoparlantes fijos o móviles, con la única excepción de la transmisión de discursos pronunciados en concentraciones públicas.

Tampoco se podrá realizar propaganda electoral con pintura, carteles y afiches adheridos en los muros exteriores y cierros, sean éstos públicos o privados, salvo que en este último caso, medie autorización del propietario. Tampoco se puede poner publicidad de candidatos en el equipamiento urbano, como calzadas, aceras, puentes, parques, postes, fuentes, estatuas, jardineras, escaños, semáforos y quioscos.

La ley prohíbe también: la propaganda mediante elementos que cuelguen sobre la calzada o que se adhieran de cualquier modo al tendido eléctrico, telefónico, de televisión u otros de similar naturaleza. Para lo cual deberían ser las municipalidades las encargadas de retirar u ordenar el retiro y cursar las multas correspondientes

Cuando la “Señora Juanita” (para usar un término casi encriptado en las campañas electorales) quiere poner un cartelito en su negocio de menestras de barrio, el mismo municipio le cobra al igual que a una gran empresa, un costo por la publicidad. Curioso que si la “Señora Juanita” quisiera ser candidata, probablemente no le cobrarían.