El Instituto de Salud Pública anunció la reciente entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº3 del año 2010 que faculta a la entidad para certificar los medicamentos y cosméticos chilenos que son exportados al extranjero, normativa por la que desde ahora el organismo podrá autorizar o rechazar el envío de productos farmacéuticos al exterior.

Para ello, el ISP ha implementado el sistema de Notificación de Exportación Electrónica, mediante el cual los distintos servicios públicos, como Aduana y organismos de comercio exterior, podrán informarse y recibir la autorización necesaria para que estos elementos puedan ser exportados en un plazo máximo de 40 días.

Esta autorización se basará en aspectos como el establecimento claro del origen del medicamento, fórmula de elaboración, cadena de producción y certificación de buenas prácticas de manufactura, entre otros requisitos.

Junto con destacar que anteriormente el Instituto de Salud Pública no tenía facultades de fiscalización de los productos para exportación, la directora del organismo, María Teresa Valenzuela, señaló que esto no significará un impedimento para las empresas chilenas que exportan sus productos, sino una garantía de calidad para el comercio exterior:

Cabe destacar que de las cerca de 38 plantas productoras de medicamentos y cosméticos existentes en el país, al menos 3 exportan sus productos según el último balance del ISP.

Finalmente, la directora de la entidad agregó que próximamente el sistema también se aplicará a la exportación de medicamentos naturales, cuya normativa está siendo discutida en el Parlamento.